Empresas no aprobadas
IRAM lo asesora
Recarga segura
Control Periódico
 
 

SEÑOR USUARIO DE MATAFUEGOS: NO SE DEJE ENGAÑAR

IRAM está realizando una importante campaña para difundir la necesidad de contar con un servicio de recarga de matafuegos seguro y eficaz.

ATENCIÓN
Existen empresas inescrupulosas que falsifican el Sello IRAM y las etiquetas de licenciatarios de Sello IRAM. Asegúrese que su proveedor sea licenciatario. Tel: 4346-0644 / 4346-0636. Email: extintores@iram.org.ar

 

Este sello es la única identificación válida
de una recarga segura


¡¡¡ SEÑOR USUARIO DE MATAFUEGOS, CUIDADO !!!

IRAM advierte

Que la Dirección de Certificación ha detectado EMPRESAS que dicen tener Sello Iram y/o realizan imitaciones del logo y/o de la etiqueta registrada por Iramsin estar autorizados para su uso, algunas de las cuales se han comprometido a su rectificación y a respetar los derechos marcarios del instituto IRAM y otras no.

Uso no autorizado de Sello IRAM

  • PRVISYSTEM MATAFUEGOS (Capital Federal)
  • INDUSTRIA Y SEGURIDAD (Pcia. Bs As)
  • GRAMMA SEGURIDAD (Capital Federal)

Uso no autorizado de logo de Sello IRAM

  • MATAFUEGOS LIBERTAD (Tucumán)
  • APAGO TOTAL (Pcia. Bs As)
  • MATAFUEGOS BARIGAS (Bariloche)
  • CO2 PREVENCION CONTRA INCENDIO (Capital Federal)
  • MATAFUEGOS ITTERMANN (Entre Ríos)
  • MATAFUEGOS TOBA (Capital Federal)
  • MATAFUEGOS SEGURIDAD INDUSTRIAL (Córdoba)
  • SEGURIDAD INTEGRAL MERCEDES (San Luís)

Imitación de la etiqueta registrada de recarga de Sello IRAM

  • MATAFUEGOS ZEPOL (Santiago del Estero)
  • CENTRAL MATAFUEGOS (Bariloche)

Consúltenos Tel.: 4346-0626-0643-0744

extintores@iram.org.ar

¡FIJESE BIEN! Si dice SELLO IRAM

Que la recarga tenga esta etiqueta

 


Señor usuario de matafuegos:

Recordamos que de acuerdo con la norma IRAM 3517 - 2, su dotación de extintores debe ser recargada en forma anual y controlada en forma periódica.

La aplicación de esta norma es obligatoria en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la O.M. 40.473 y en la Provincia de Buenos Aires por resolución 118/91.

IRAM lo asesora en el cumplimiento de la normativa vigente en lo referente a: DOTACIÓN, CONTROL, MANTENIMIENTO y RECARGA de sus extintores, en forma directa o a través de sus licenciatarios autorizados de Sello IRAM.

Recuerde que cuando usted contrata el servicio de Control, Mantenimiento y Recarga de extintores con Sello IRAM, este Instituto pone a su disposición el servicio de Muestreo de Mercado. IRAM controla cómo fue realizado el servicio de sus extintores y ensaya su funcionamiento. Este servicio es gratuito, usted solo debe solicitarlo

Contáctenos.
IRAM: Perú 552 - Tel: 4346-0644 / 0636
e-mail: extintores@iram.org.ar

Asegúrese de estar protegido y cumplir con la legislación vigente.


IRAM: MÁS DE 65 AÑOS AL SERVICIO DEL PAÍS

¿Por qué usar extintores?

Una gran parte de los elementos que facilitan nuestra vida y las actividades que desarrollamos pueden, en el momento más inesperado, convertirse en un foco de incendio que ponga en el peligro nuestros bienes, y en muchos casos hasta nuestra vida.

Entre los elementos utilizados para la protección y lucha contra incendios, el más conocido y versátil es el extintor manual, o sobre ruedas, popularmente conocido como matafuegos. Este equipo está destinado a evitar la propagación del fuego en la etapa inicial del siniestro.

¿Se deben recargar los extintores?

Sí, la adecuada protección de una instalación, garaje, o edificio se logra con un correcto diseño y mantenimiento del sistema de protección contra incendios.


En estos sistemas juega un papel fundamental el control trimestral, y el mantenimiento y recarga anual que fija la norma IRAM 3517-2, que aseguran que los extintores cumplan su cometido en el momento que sea necesario utilizarlos. De lo anterior se desprende la importancia que tiene la correcta elección del proveedor de los equipos y de la empresa encargada de su control, mantenimiento y recarga.

¿Qué es IRAM?

IRAM es una Asociación Civil sin fines de lucro con más de 66 años de trayectoria que brinda servicios de Normalización, de Certificación de Productos, Servicios y Sistemas. Además de sus Servicios de Capacitación y Documentación. Con más de 40 años de experiencia, IRAM lidera la certificación en el campo de seguridad contra incendios.

La certificación de IRAM alcanza más de 3000 productos y servicios en 28 países. Las normas IRAM evolucionan permanentemente acompañando los avances tecnológicos que resultan en productos y servicios cada vez más seguros y adecuados a las necesidades de los usuarios.

¿Qué es el sello IRAM?

El sello IRAM de conformidad con la Norma IRAM es una licencia especial que otorga el IRAM a aquellas empresas que en forma voluntaria se someten a las rigurosas inspecciones que realiza el IRAM para verificar el cumplimiento de la norma aplicable a la efectividad de su sistema de calidad.

Recarga segura, tiene sello IRAM servicios

Las empresas de control, mantenimiento y recarga de extintores licenciatarias de Sello IRAM se encuentran bajo el control de las inspecciones del IRAM, para verificar que el servicio se realiza según lo establecido en la norma IRAM 3517-2. Estas inspecciones se realizan en los talleres de recarga y también como muestreos de mercado en las instalaciones de los propietarios, de forma de dar la máxima seguridad a los mismos.

Nueva versión de la norma IRAM

Desde Diciembre de 2000 se encuentra vigente la nueva versión de la norma IRAM 3517-2, en cuya redacción participaron autoridades de la Ciudad de Bs. As. y de la Pcia. de Bs. As.

Las principales modificaciones a la norma están dirigidas brindar mayor seguridad y protección al usuario potencial de un extintor.

Estas modificaciones establecen la responsabilidad del usuario en tres items:

  • Adecuar la dotación de extintores de su instalación para alcanzar el potencial extintor definido en la norma.
  • Realizar el control trimestral de los extintores con personal habilitado.
  • Reemplazar los extintores obsoletos.
Única identificación válida

A partir del 01 de enero de 2001, y con el objeto de dar una mayor seguridad a los usuarios, el IRAM ha modificado la etiqueta que identifica la recarga realizada por los licenciatarios autorizados para el uso del Sello IRAM en el Servicio de Control, Mantenimiento y Recarga de Extintores (Matafuegos)

Estas etiquetas de Sello IRAM avalan que el mantenimiento y recarga de los extintores ha sido realizada bajo control permanente de IRAM y de acuerdo con la norma IRAM 3517-2.

 

RECUERDE, NO ES LO MISMO DECIR:
CUMPLE CON LA NORMA IRAM,
QUE TENER EL SELLO IRAM

 


PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué es el Control Periódico?

El Control trimestral de extintores es una tarea de fundamental importancia para asegurar las condiciones de prevención contra incendio en una propiedad. Permite verificar en forma periódica el tipo y características de los equipos disponibles, su ubicación y señalización, y que las condiciones de la Dotación Requerida para la misma no hayan sido alteradas.
Además permite tener la certeza que tampoco se han alterado las condiciones de operatividad de los equipos: o sea que estén cargados, que no tengan daños o le falten accesorios.
Es una especie de fotografía periódica que permite detectar y corregir alteraciones sufridas por los extintores posteriormente al mantenimiento, controlar la señalización y mantener la dotación operativa.

¿Es obligatorio? ¿Quién esta obligado a cumplirlo? ¿Quién está habilitado para realizar las tareas?

El Control Trimestral, como una más de las tareas indicadas en la Norma IRAM 3517-2, es obligatorio según lo establecido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en la Ordenanza Municipal Nº 40.473/85 y también por la Resolución Ministerial Nº 118 de la Secretaría de Política Ambiental del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
El único responsable del estado de la dotación, control, mantenimiento y recarga de extintores es el USUARIO. La ejecución de estos trabajos debe ser realizada por personal debidamente registrado, capacitado y con las herramientas, repuestos y materiales de recarga adecuados.

¿Quién controla el cumplimiento de esta obligatoriedad?

  • El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
  • La Secretaría de Política Ambiental de la Pcia. de Buenos Aires.
  • Las Compañías de Seguros (en las Pólizas Contra Incendio)
  • Las Aseguradoras de Riesgo del Trabajo.

¿Cuántos controles se deben realizar por año?

No hay una cantidad determinada de controles a realizar por año. La Norma indica claramente que el plazo máximo entre controles no debe exceder de los tres meses, siendo este control independiente de la fecha de vencimiento del mantenimiento y recarga. Por lo tanto, lo conveniente es definir con que periodicidad se realizarán estos controles.

¿El mantenimiento y recarga reemplaza el Control Periodico?

No. Son tareas totalmente distintas y una no reemplaza a la otra. El mantenimiento y recarga implica el retiro de los equipos del edificio, su procesamiento en taller y su devolución. El Control Periódico es un relevamiento de los equipos y su señalización en su ubicación y la confección de las observaciones al respecto, que busca asegurar un correcto estado de la dotación. Ambas tareas son realizadas en distintos lugares (taller y edificio), y con distintos objetivos y metodología.

¿Es conveniente que lo ejecute la misma Empresa que hace el mantenimiento y la recarga?

El Control Trimestral puede ser realizado por una Empresa diferente a la que realizó el mantenimiento y recarga de los equipos. No obstante, a los fines de asegurar la responsabilidad sobre los trabajos, resulta conveniente que sea la misma Empresa la encargada de ambas tareas. El usuario puede además, ante cualquier duda, recurrir a IRAM para que le indique si los trabajos fueron correctamente ejecutados.

¿Cómo verificar el control?

Mediante la siguiente etiqueta: