Año 3 - Nº 8 - mayo 2009
 
 
   Capacítese en IRAM y acceda al programa de crédito fiscal de la SEPYME

IRAM, ha sido reconocida y autorizada por la SEPYME como Unidad Capacitadora (UCAP) para impartir actividades de Capacitación en el marco de este Programa.
El objetivo es que los empresarios y sus equipos de trabajo puedan capacitarse en cualquiera de las temáticas que ofrece IRAM y recuperar hasta el 100% del gasto en forma sencilla y rápida.

¿Sabía Usted que siendo una PYME puede capacitar a todos los miembros de su empresa y recuperar hasta el 100% del gasto? Hasta el 10 de diciembre de 2009, la SEPYME - Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional - ha puesto a disposición de las micro, pequeñas y medianas empresas, un Programa de Capacitación para el 2009 con características diferenciales.
Las actividades de capacitación pueden ser “abiertas” e incluir la participación del empresario y/o su personal en nuestros cursos regulares presenciales ó a distancia; seminarios, congresos, conferencias, diplomaturas, especializaciones; en IRAM Casa Central ó en nuestras Filiales de todo el país, ó “cerradas”: cursos “In Company”.

Procedimiento:
Consta de 3 etapas: presentación de pre-proyecto, ejecución, rendición y reintegro.

Presentación de Proyectos:
Las empresas elaboran un preproyecto de Capacitación, en base a sus objetivos y necesidades y lo presentan a través del sistema ON-LINE, disponible en la página web de la SEPYME: http://www.sepyme.gov.ar
Si el preproyecto fuera viable, la SEPYME solicitará la documentación respaldatoria. En caso de no ser viable, se le notificará la evaluación y las posibles recomendaciones para su reformulación (en caso de ser posible). Compromiso SEPYME de respuesta: 96 horas.

Hasta ese momento, no será necesario el envío de documentación en papel. Una vez aprobado el pre-proyecto y presentada la documentación respaldatoria, se aprueba el proyecto y las empresas pueden comenzar a ejecutar las actividades de Capacitación. Compromiso SEPYME de respuesta: 15 días.

Rendición de Cuentas y Reintegro:
Las empresas presentarán las rendiciones de cuentas de los gastos incurridos a medida que se ejecuten las actividades de Capacitación.
Certificado de Crédito Fiscal:
Es endosable, no tiene fecha de vencimiento y puede aplicarse al pago de impuestos nacionales (Impuesto a las Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, IVA, Impuestos Internos, etc.).
Compromiso SEPYME de respuesta: 30 días.

¿Quiénes pueden ser Beneficiarios de la Capacitación?
Las empresas que acrediten su condición de PYME de acuerdo a la disposición vigente. (Disposición 24/2001) y que no tengan como actividad principal una de las siguientes:

• Financieras.
• Intermediación y corretaje inmobiliario (compra, venta y/o alquiler).
• Corretaje de títulos.
• Empresas de seguros privadas de capitalización.
• Entidades de pensión privada abierta.
• Consultoría y prestación de servicios de asesoramiento a empresas.

Modalidades:
Las empresas podrán presentar pre-proyectos que incluyan actividades de Capacitación abiertas y cerradas, de acuerdo a las siguientes modalidades:

MODALIDAD EMPRESA SOLICITANTE EMPRESA/S BENEFICIARIAS/S
1 Grandes Empresa/s y/o MIPYME/s (“Cedente/s”) Otras/s MIPYME/s
2 MIPYME/s La/s misma/s MIPYME/s


Usted podrá acceder al texto completo del Reglamento para el llamado 2009 y al instructivo de presentación de pre-proyectos en: http://www.sepyme.gov.ar


Contacto SEPYME
Julio A. Roca 651, piso 7, sector 4
Tel +54 11 4349 3331/3323
E-mail cfiscal@sepyme.gov.ar
Web: http://www.sepyme.gov.ar

Contacto IRAM
IRAM Casa Central - Gerencia de Formación de Recursos Humanos
Perú 556 C1068AAB Buenos Aires, Argentina
Tel +54 11 4346 0703/ 0704/ 0706/ 0624
Fax +54 11 4346 0702
Email formacion@iram.org.ar
Web: http://www.iram.org.ar

En el interior del país: en las Filiales IRAM correspondientes

<< volver a la home